Egarsat Informa: Sistema NOTESS, principales aspectos

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El servicio que permite el acceso online a las notificaciones a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS), se habilitó en mayo de 2011 para que las empresas y sujetos responsables de la obligación de cotizar pudieran subscribirse voluntariamente. A partir de la entrada en vigor el pasado 1 de abril de las tres Órdenes Ministeriales destinadas a la regulación de las Notificaciones Telemáticas, Sistema RED y Registro de Apoderamientos, se va a extender con carácter obligatorio a lo largo de 2013 a:

 

  1. Las empresas, agrupaciones de empresas y demás sujetos responsables del cumplimiento de la obligación de cotizar, obligados a incorporarse al Sistema RED de la Tesorería General, cualquiera que sea su actividad, encuadrados en cualquier régimen de la Seguridad Social (excepto profesionales taurinos y representantes de comercio, así como para el Sistema Especial de Empleados del Hogar y de la Industria Resinera), independientemente del número de trabajadores que tengan.
  2. Los trabajadores autónomos que tengan la consideración de empresarios obligados a transmitir por Sistema RED respecto de sus trabajadores contratados. Quedan excluidos los pertenecientes al Sistema Especial de Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios (SETA).
  3. Las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, así como sus entidades y centros mancomunados.

 

Adicionalmente se mantendrá en la Sede Electrónica de la Seguridad Social el Servicio de Suscripción Voluntaria, con el fin de que los sujetos no obligados puedan inscribirse y recibir también las notificaciones por vía electrónica.

 

Proceso de comunicación por parte de la Administración

La Tesorería General de la Seguridad Social va a proceder a notificar por correo postal a los sujetos obligados, su inclusión en el sistema de notificación electrónica, siendo efectiva un mes después de su recepción. No obstante, las empresas creadas a partir del 1 de abril de 2013, que cumplan con los criterios de obligatoriedad, estarán sujetas al nuevo procedimiento de comunicación telemática de forma automática, sin necesidad de comunicación previa por carta por parte de la Administración.

Receptores de la Notificación

Para poder acceder a las notificaciones depositadas en la Sede Electrónica mediante el sistema de comparecencia, se precisará de un Certificado Digital, que será de persona física o jurídica en función de la titularidad de la empresa. Las notificaciones se pondrán a disposición en todo caso tanto del sujeto responsable obligado (empresa) como del autorizado que en cada momento tenga asignada la gestión en el Sistema RED del CCC principal o, en su caso, del NAF. No obstante, los sujetos responsables podrán optar por ser los únicos receptores de las notificaciones, desasignando de esta función al Autorizado RED a través de la propia SEDESS.

Si el sujeto obligado desea que un tercero distinto del Autorizado RED sea el receptor también de sus notificaciones, podrá nombrar “apoderados” a través del Registro Electrónico de Apoderamiento Telemático (REAT).

En cualquier caso, sólo puede haber un receptor de notificaciones adicional al sujeto responsable, ya sea el Autorizado RED o el apoderado.

La responsabilidad jurídica siempre recaerá sobre la empresa o sujeto responsable, aunque pueda haber algún otro receptor de la notificación.

Procedimientos sujetos a NOTESS

Inicialmente serán aquellas notificaciones derivadas del procedimiento de gestión recaudatoria: reclamaciones de deuda y providencias de apremio; comunicación del inicio del procedimiento de deducción; actos del procedimiento de apremio por cuotas y conceptos de recaudación conjunta y otros recursos. Paulatinamente se irán añadiendo otros tipos de notificaciones relacionados con otros procedimientos.

Funcionamiento del sistema de notificación

Hay dos elementos en este sistema de notificación:

  • Un aviso de cortesía de puesta a disposición de notificaciones, que se realizará a través de un correo electrónico enviado por la Tesorería General a una dirección comunicada previamente por la empresa a tal efecto (previsto también a través de SMS si se ha facilitado un número de teléfono móvil). Paralelamente, este aviso también se enviará a través de un mensaje al autorizado RED mediante la Winsuite y el buzón de RED Directo. La notificación propiamente dicha, depositada en la Sede Electrónica de la Seguridad Social (en su página web https://sede.seg-social.gob.es).
  • Las notificaciones permanecerán a disposición del receptor durante 10 días. Transcurrido este tiempo sin que se acceda a su contenido, se entenderá rechazada, dándose por cumplido el trámite de notificación a todos los efectos y continuándose con el procedimiento. El usuario que desee acceder a estas notificaciones transcurrido este período, podrá solicitarlas en cualquier Administración de la Seguridad Social.