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Perfil del contratante

 

Las siguientes instrucciones regulan, de acuerdo a las previsiones del artículo 191 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, los procedimientos de adjudicación de los contratos no sujetos a regulación armonizada que celebre EGARSAT a fin de garantizar que la contratación de esta entidad, en tanto integrada en el sector público con el carácter de poder adjudicador distinto de las Administraciones Públicas, se ajuste a los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación, y de asegurar una eficiente utilización de los fondos destinados a la realización de obras, la adquisición de bienes y la contratación de servicios, mediante la exigencia de la definición previa de las necesidades a satisfacer, la salvaguarda de la libre competencia y la selección y adjudicación de los contratos a quien presente la oferta económicamente más ventajosa.

 

 

 

 

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