Asistencia en el extranjero

En el cuidado de la salud, Egarsat no tiene fronteras.​

Teléfono de información y asistencia 24h 365 días al año

Utilizando este servicio obtendrás la mejor atención médica en el país en que te encuentres y en caso de urgencia vital o ingreso hospitalario, se efectuará un seguimiento personalizado de tu evolución hasta tu restablecimiento.

En caso de repatriación, este servicio contempla el transporte más adecuado según el caso e ingreso en el centro hospitalario de España más cercano a tu domicilio.

Además puedes solicitar la tarjeta del Servicio de Asistencia Médica (SAM) de Egarsat que tiene como objetivo facilitar la asistencia y orientar sobre el acceso a los centros sanitarios en caso de urgencia a los trabajadores de empresas mutualistas, cuando sucede un accidente laboral tanto dentro como fuera del territorio español.

 

Antes de Viajar

Deberás solicitar por teléfono (900 166 565) o telemáticamente a las oficinas de la Seguridad Social la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE), para recibir atención médica de manera gratuita durante tu estancia temporal por motivos de trabajo, estudios y/o turismo en:

  • El territorio de la Unión Europea[1].
  • El territorio del Espacio Económico Europeo[2].
  • Suiza.
  • Alguno de los países con los cuales España ya tiene suscritos convenios de asistencia[3]

La TSE no es válida cuando el desplazamiento tenga la finalidad de recibir tratamiento médico.

Si no ha obtenido la TSE previamente, podrá solicitar el Certificado Provisional Sustitutorio (CPS) mediante certificación digital o DNI Electrónico a través de la Oficina Virtual de la Seguridad Social.

Si se tratara de un desplazamiento laboral, debería rellenar y presentar a la Administración de la Seguridad Social que tenga más cercana:

El formulario correspondiente según el país al cual se desplace.: http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/InformacionUtil/32078/38626

El modelo de solicitud que corresponda, siendo el T.A.300 el documento correcto en caso de que el empresario envíe a alguno de sus trabajadores a realizar la actividad temporalmente en otro país, donde sea aplicable la legislación española de Seguridad Social.

El trabajador por cuenta propia que se traslade temporalmente a realizar su actividad a otro país, y pueda seguir manteniendo su alta en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia de acuerdo con la norma internacional aplicable, también deberá cumplimentarlo.

También se cumplimentará en el supuesto de realizar la actividad por cuenta ajena o propia simultánea o alternativamente en varios países de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo y Suiza.

En otros países con los que España tenga suscrito algún convenio de asistencia[3] deberá rellenar el formulario correspondiente, para la comunicación de tal situación.

Si el desplazamiento se realiza a alguno de los países con los cuales España no tiene suscritos convenios de Seguridad Social y necesitara asistencia sanitaria, es muy recomendable realizar, previamente al desplazamiento, un seguro de viaje con una aseguradora privada que cubra dichas contingencias, para que quede cubierto el coste del mismo.

Hay que tener en cuenta que existen países que pedirán esta póliza en el momento de solicitar el visado.

[1] Forman parte de la UE los siguientes países: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumania y Suecia.

[2] A parte de los países miembros de la UE, pertenecen también al Espacio Económico Europeo: Islandia, Liechtenstein y Noruega.

[3] Los países con los cuales España tiene suscritos a fecha de hoy, convenios de asistencia sanitaria son básicamente los siguientes: Andorra, Argentina, Australia, Brasil, Cabo Verde, Canadá, Chile, Colombia, Corea, Ecuador, Estados Unidos, Filipinas, Japón, Marruecos, México, Paraguay, Perú, República Dominicana, Rusia, Túnez, Ucrania, Uruguay, Venezuela.

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En caso de accidente de laboral:

Para urgencias hay que llamar al +34 935829661 y se le indicará el centro más cercano al que acudir.

En caso de que el accidente laboral ocurra dentro del territorio de algún estado miembro de la UE[1], de algún estado que forme parte del Espacio Económico Europeo[2] o Suiza, así como en alguno de los países con los cuales España ya tiene suscritos convenios de asistencia[3], deberá dirigirse al servicio público del país donde esté desplazado, con la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) y el D.N.I. o pasaporte.

En caso de haber recibido asistencia en países miembros de la UE, EEE o Suiza sin haber presentado la TSE, se deberán abonar los gastos generados y posteriormente, solicitar el reintegro de los mismos aportando la oportuna documentación justificativa.

Sólo en el supuesto de que la TSE no fuera aceptada en el país de estancia, el trabajador podrá dirigirse a la red SOLVIT , servicio gratuito para la resolución de problemas entre administraciones que aplican los Reglamentos Comunitarios de Seguridad Social.

En caso de utilizar centros privados, al margen del sistema sanitario del país de destino, deberá asumir el coste de la asistencia sanitaria recibida sin posibilidad de reintegro de gastos, excepto en los casos de urgencia vital.

En caso de haber sufrido el accidente en un estado extranjero que no tuviese convenio de Seguridad Social con España, puede utilizar los servicios sanitarios y solicitar el abono de los gastos ocasionados cuando vuelva a nuestro país. En cualquier caso el trabajador deberá comunicar el accidente a su empresa, para que hagan los trámites oportunos.

Facturación

Si el centro u hospital en el que fue atendido emite una factura, es importante que esta factura vaya a nombre del trabajador. Si la factura se hace a nombre de la empresa, Egarsat no podrá abonar los gastos.

¿Aun te quedan dudas acerca de que hacer en caso de tener un accidente laboral en el extranjero?

Consulta nuestra sección de FAQs y encuentra las respuestas que necesitas

¿Qué significa una baja laboral?

¿Quién otorga el alta?

Seguimiento de las bajas derivadas de contingencia comun

Derechos y deberes para la percepcion de la prestación en pago directo

Solicita tu tarjeta SAM

Puedes realizar la solicitud a través de tu Área Egarsat