Tramitación de altas y bajas en el Régimen especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA) a través del Sistema RED

El nuevo servicio de la TGSS está previsto que entre en funcionamiento durante los primeros días del mes de septiembre.

La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) ha ampliado las funcionalidades que se ofrecen a los usuarios del Sistema RED en el ámbito de la Afiliación mediante un nuevo servicio que permitirá a los asesores realizar on-line los trámites de altas y bajas en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.

Está previsto que el nuevo servicio se ponga en funcionamiento en breve, durante el mes de septiembre. Con él, los usuarios autorizados podrán anotar, a través de la modalidad on-line, tanto los movimientos de alta como de baja en el RETA por el Sistema RED. Para dicha gestión, en tanto que se actúa en representación de un trabajador autónomo, se deberán considerar los siguientes puntos:

- El responsable de los datos transmitidos será el autorizado RED, quién deberá disponer de la documentación que justifica la solicitud formulada.

 - Es imprescindible que el autorizado al sistema RED que realice los trámites tenga asignado a su autorización el Número de Afiliación del Trabajador autónomo. Para ello, deberá presentar el modelo correspondiente a tal efecto: FR.103FR. 104 o FR. 115, según corresponda.

 - El autorizado al Sistema RED será el destinatario de las notificaciones que correspondan al trabajador autónomo, salvo que este último opte por ser él mismo el receptor, o bien sea designado un tercero.

 - Mediante el uso de este servicio, y con el fin de acreditar el inicio o cese de actividad, el Sistema efectuará una consulta a la AEAT de los datos relativos al Impuesto de Actividades Económicas.

 - Las cuotas devengadas por los trabajadores autónomos cuyas altas hayan sido tramitadas por este medio, deberán ser abonadas obligatoriamente por el sistema de Domiciliación en Cuenta. Es imprescindible la comunicación de los datos bancarios en el momento de la tramitación del alta.

La TGSS ha elaborado un manual de consulta que estará disponible en el momento en que el servicio esté operativo.07