Órganos de Gobierno

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Junta General

Es el órgano soberano de la mutua. Es la Junta General quien designa, a propuesta de la Junta Directiva, quién ha de formar parte de la propia Junta.

La Junta General se reúne como mínimo una vez al año, dentro de los siete primeros meses, para aprobar la memoria, los balances y las cuentas de ejercicio, así como la gestión de la Junta Directiva.

Junta Directiva

Es el órgano de representación permanente, la elige la Junta General y está formada por un presidente, tres vicepresidentes, un secretario, un vicesecretario y cinco vocales. La junta está compuesta por los siguientes miembros: 

Sr. Carlos Garriga Sels Presidente.

Sr. Joan Miquel Torras Torras Vicepresidente primero.

Sr. Josep Carbonell Tarrés Vicepresidente segundo.

Sra. Silvia Martí Escursell Vicepresidenta tercero.

Sra. Tania Nadal Vicens Secretaria.

Sr. Albert Ventura Mallofré Vicesecretario.

Sra. Patricia  Busto Barrera Vocal primera.

Sr. Jaume Tintoré Balasch Vocal segundo.

Sra. Immaculada Amat Amigó Vocal tercera.

Sra. Ninna Torres Bach Vocal cuarta.

Sra. Núria Betriu Sánchez Vocal quinta.

Sra. Pilar Sorribas Arenas Vocal sexta.

Sra. Eulàlia Planes Corts Vocal séptima.

Sra. Ariadna Marin Vila Vocal octava.

Sr. Josep Muntasell Ruiz Trabajador por cuenta propia adherido a egarsat.

Sra. Noemí Lara Romero Representante de los Trabajadores.

Su función es aprobar, a propuesta del Director Gerente, las políticas y las acciones que garanticen el correcto funcionamiento de egarsat.

Comisión de Prestaciones Especiales

Tiene la función de autorizar, del fondo especialmente constituido, las ayudas económicas en casos de accidentes, que por motivos sociales lo acrediten.

Como su nombre indica, las prestaciones otorgadas son de carácter extraordinario, no contemplando cualquier prestación de las que reglamentariamente están previstas en el marco de la colaboración con la Seguridad Social, sino aquellas otras que sobrepasan la obligación de la Mutua respecto de sus asociados.

Está constituida por el número de miembros establecido en los estatutos, de los que la mitad corresponde a representantes de los trabajadores empleados por las empresas asociadas y la otra mitad a representantes de los empresarios asociados, designados por la Junta Directiva.

Comisión de Control y Seguimiento

La Comisión de Control y Seguimiento es un órgano de participación institucional para el control y seguimiento de la gestión de la mutua. Son competencias de esta comisión las siguientes:

  • Conocer los criterios de actuación de la mutua en las distintas modalidades de colaboración que tiene autorizadas.
  • Tener conocimiento y ser informada de la gestión llevada a cabo por la entidad en las distintas modalidades de colaboración que tiene autorizadas.
  • Proponer cuantas medidas estime necesarias para el mejor cumplimiento de los fines de la mutua en los ámbitos de gestión autorizados, en el marco de los objetivos generales de la Seguridad Social.
La mitad de los miembros corresponde a la representación de los trabajadores protegidos por la mutua, a través de las organizaciones sindicales más representativas en el ámbito territorial de actuación de la entidad y la otra mitad, a la representación de los empresarios asociados a aquélla, elegidos a través de las organizaciones empresariales de mayor representatividad.