Revalorización de las pensiones públicas para 2026

Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social.

Principales medidas
  • Límite de pensión inicial contributiva: 3.359,60 euros mensuales o 47.034,40 euros anuales, incluidas las pagas extraordinarias.
  • Revalorización general de las pensiones: 2,7 % para las pensiones contributivas y de Clases Pasivas.
  • Revalorización de pensiones mínimas y SOVI no concurrentes: 2,7 %, más incrementos adicionales cuando corresponda.
 A tener en cuenta
  • El objetivo es mantener el poder adquisitivo conforme a la media del IPC.
  • Complemento a mínimos cuando la pensión no alcanza la cuantía mínima.
  • Las pensiones derivadas de contingencia común se abonan en 14 pagas mientras que las reconocidas como derivadas de contingencia profesional tienen las pagas extras prorrateadas, de manera que se perciben en 12 mensualidades.
Cuantías mínimas de las pensiones para el año 2026

Las pensiones más relevantes desde el punto de vista de la gestión de las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social son la incapacidad permanente, jubilación, viudedad, orfandad y en favor de familiares del sistema de la Seguridad Social en su modalidad contributiva.

Jubilación (65 años o más):

  • Con cónyuge a cargo: 17.592,40 euros anuales
  • Sin cónyuge: 13.106,80 euros anuales
  • Con cónyuge no a cargo: 12.441,80 euros anuales

Jubilación (menos de 65 años):

  • Con cónyuge a cargo: 17.592,40 euros anuales
  • Sin cónyuge: 12.262,60 euros anuales
  • Con cónyuge no a cargo: 11.590,60 euros anuales

Jubilación por gran invalidez (65 años o más):

  • Con cónyuge a cargo: 23.678,20 euros anuales
  • Sin cónyuge: 18.362,40 euros anuales
  • Con cónyuge no a cargo: 17.430,00 euros anuales

Incapacidad permanente de gran invalidez:

  • Con cónyuge a cargo: 26.385,80 euros anuales
  • Sin cónyuge: 19.660,20 euros anuales
  • Con cónyuge no a cargo: 18.662,00 euros anuales

Incapacidad absoluta o total de los titulares de 65 años o más:

  • Con cónyuge a cargo: 17.592,40 euros anuales
  • Sin cónyuge: 13.106,80 euros anuales
  • Con cónyuge no a cargo: 12.441,80 euros anuales

Incapacidad total de los titulares de entre 60 y 64 años:

  • Con cónyuge a cargo: 17.592,40 euros anuales
  • Sin cónyuge: 12.262,60 euros anuales
  • Con cónyuge no a cargo: 11.590,60 euros anuales

Incapacidad total derivada de una enfermedad común para menores de 60 años:

  • Con cónyuge a cargo: 9.662,80 euros anuales
  • Con cónyuge no a cargo: 9.662,80 euros anuales
  • Sin cónyuge: 9.580,20 euros anuales

Incapacidad parcial del régimen de AT/EP de los titulares de 65 años o más:

  • Con cónyuge a cargo: 17.592,40 euros anuales
  • Con cónyuge no a cargo: 12.441,80 euros anuales
  • Sin cónyuge: 13.106,80 euros anuales

Viudedad:

  • Con cargas familiares: 17.592,40 euros anuales
  • Mayores de 65 años o con discapacidad igual o superior al 65%: 13.106,80 euros anuales
  • Titulares de entre 60 y 64 años: 12.262,60 euros anuales
  • Titular con menos de 60 años: 9.931,60 euros anuales

Orfandad:

  • Por beneficiario: 4.011,00 euros anuales
  • Para menores de 18 años con una discapacidad igual o superior al 65%: 7.882,00 euros anuales
  • En la orfandad absoluta el mínimo se incrementará en 9.931,60 euros/año distribuidos, en su caso, entre los beneficiarios.

Prestación de orfandad:

  • Un beneficiario: 11.603,20 euros anuales
  • Varios beneficiarios: a repartir entre número de beneficiarios: 19.559,68 euros anuales

En favor de familiares:

  • Por beneficiario: 4.011,00 euros anuales
  • Si no existe viudo ni huérfano pensionistas:
      • Un solo beneficiario con 65 años: 9.683,80 euros anuales
      • Un solo beneficiario menor de 65 años: 9.126,60 euros anuales
  • Varios beneficiarios: el mínimo asignado a cada uno de ellos se incrementará en el importe que resulte de prorratear 5.920,60 euros/año entre el número de beneficiarios.
Complemento de brecha de género
  • 36,90 euros mensuales