Ley 6/2024, de 20 de diciembre: Protección para los donantes vivos de órganos o tejidos

Ley 6/2024, de 20 de diciembre, para la mejora de la protección de las personas donantes en vivo de órganos o tejidos para su posterior trasplante, incorpora un permiso laboral específico y una prestación por incapacidad temporal.

El objetivo es garantizar protección social, laboral y sanitaria a los donantes vivos, fomentando la donación en vida para salvar más vidas y mejorar la calidad de vida de los pacientes trasplantados.

Dades d’interès
  • En 2024, España ha consolidado su liderazgo mundial en donación y trasplante de órganos, alcanzando cifras récord.
  • En 2023, se registraron 437 donantes vivos, destacando los trasplantes de riñón y médula ósea.
Nueva situación especial de incapacidad temporal 

Los donantes en vivo tendrán derecho a una situación especial de incapacidad temporal durante todo el proceso de donación, incluyendo:

    • Preparación médica previa a la cirugía.
    • Ingreso hospitalario para la intervención quirúrgica.
    • Período de recuperación hasta recibir el alta médica.

Este beneficio cubre tanto días discontinuos como ininterrumpidos en los que el donante reciba asistencia sanitaria y esté impedido para trabajar. Su entrada en vigor es el 3 de marzo de 2025.

Características:

  • Sin requisito de cotización previa: Para acceder a esta prestación, no se exigirá un período previo de cotización, facilitando así que cualquier persona trabajadora que decida donar órganos o tejidos pueda beneficiarse de esta protección desde el primer momento.
  • Prestación económica del 100% de la base reguladora: Los donantes tendrán derecho a un subsidio del 100% de la base reguladora, equivalente a la incapacidad temporal por contingencias comunes.
  • Pago desde el primer día de la baja médica: Este pago se iniciará desde el primer día de la baja y se extenderá hasta el alta médica que permita la reincorporación al trabajo.
  • Financiación a cargo de la entidad gestora o colaboradora: La prestación se abonará a cargo de la entidad gestora o colaboradora que cubra la incapacidad temporal por contingencias comunes desde el mismo día de baja.
  • Obligación de cotizar: La obligación de cotizar se mantiene durante la situación de incapacidad temporal. Se recomienda consultar el Boletín de Noticas Red 4/2025, de 14 de febrero de 2025, para más información acerca de la nueva regulación y las actuaciones en el ámbito de afiliación y cotización.
Nuevo permiso laboral

Se establece un nuevo permiso laboral, incorporado en la letra g) del artículo 37 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, con las siguientes condiciones:

  • Permite la realización de actos preparatorios para la donación de órganos o tejidos.
  • Requiere notificación y justificación por parte de la persona trabajadora.
  • El tiempo debe ser el necesario y dentro de la jornada laboral.
  • La ausencia será remunerada.
Modificaciones en los distintos regímenes

La norma adapta la existencia de este permiso y prestación a distintos regímenes:

  • Permisos de los funcionarios públicos. Modificación del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
  • Fuerzas Armadas. Modificación del texto refundido de la Ley sobre Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2000, de 9 de junio y del Real Decreto 1726/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas.
  • Funcionarios Civiles del Estado. Modificación del texto refundido de la Ley sobre Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2000, de 23 de junio.
  • Mutualismo Administrativo. Modificación del Real Decreto 375/2003, de 28 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General del Mutualismo Administrativo.
  • Sector marítimo-pesquero. Modificación de la Ley 47/2015, de 21 de octubre, reguladora de la protección social de las personas trabajadoras del sector marítimo-pesquero.