Cese de actividad del autónomo
En qué consiste
De acuerdo con el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, los trabajadores autónomos cuentan con un sistema específico de protección por cese de actividad.
Esta protección comprende el abono de una prestación económica mensual por cese de actividad y la cotización a la Seguridad Social.
La prestación económica por cese de actividad se complementa con acciones de formación e inserción laboral para facilitar su reincorporación al mercado de trabajo, gestionadas por los Servicios Públicos de Empleo de las Comunidades Autónomas o por el Instituto Social de la Marina.
Para tener derecho a la prestación económica se requiere un período mínimo de cotización por cese de actividad de doce meses continuados e inmediatamente anteriores al cese, siendo computable el mes en que se produzca el hecho causante del cese de actividad.
¿Qué documentos necesito?
Documentación
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Marco normativo
Modalidades
Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
Cese de actividad por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción
Cese de actividad por fuerza mayor definitivo/temporal
Cese de actividad por pérdida de licencia administrativa
Cese de actividad por violencia de género y sexual
Cese de actividad por divorcio o separación matrimonial
Otros motivos
Requisitos
Se deberán cumplir los requisitos legalmente establecidos
Cuantía
70% de la base reguladora
Cotización
100% cuotas de la Seguridad Social
Solicitud
Hasta el último día del mes siguiente al que se produjo el cese de actividad
Nuevas modalidades en vigor desde el 1 de enero de 2023
Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, por el que se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos y se mejora la protección por cese de actividad.
Cese de actividad por fuerza mayor temporal/parcial
Cese de actividad parcial por reducción de la facturación (con empleados)
Cese de actividad parcial por reducción de la facturación (sin empleados)
Requisitos
Se deberán cumplir los requisitos legalmente establecidos
Cuantía
50% de la base reguladora
Cotización
50% cuotas de la Seguridad Social
Solicitud
Hasta el último día del mes siguiente al que se produjo el cese de actividad
Compatibilidad
No se exige cierre del establecimiento ni su transmisión a terceros
Medidas extraordinarias autónomos afectados por la erupción del volcán de la isla de la Palma
Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.
Medidas extraordinarias autónomos afectados por la erupción del volcán de la isla de la Palma
Nuevas prestaciones por cese de actividad asociadas a la aplicación del Mecanismo RED
Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. DD.AA. 48ª y 49ª.