Cese de actividad del autónomo

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En qué consiste

De acuerdo con el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, los trabajadores autónomos cuentan con un sistema específico de protección por cese de actividad.

Esta protección comprende el abono de una prestación económica mensual por cese de actividad y la cotización a la Seguridad Social.

La prestación económica por cese de actividad se complementa con acciones de formación e inserción laboral para facilitar su reincorporación al mercado de trabajo, gestionadas por los Servicios Públicos de Empleo de las Comunidades Autónomas o por el Instituto Social de la Marina.

Para tener derecho a la prestación económica se requiere un período mínimo de cotización por cese de actividad de doce meses continuados e inmediatamente anteriores al cese, siendo computable el mes en que se produzca el hecho causante del cese de actividad.

Modalidades

Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

Cese de actividad por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción

Cese de actividad por fuerza mayor definitivo/temporal

Cese de actividad por pérdida de licencia administrativa

Cese de actividad por violencia de género y sexual

Cese de actividad por divorcio o separación matrimonial

Otros motivos

Requisitos

Se deberán cumplir los requisitos legalmente establecidos

Cuantía

70% de la base reguladora

Cotización

100% cuotas de la Seguridad Social

estr

Solicitud

Hasta el último día del mes siguiente al que se produjo el cese de actividad

Nuevas modalidades en vigor desde el 1 de enero de 2023

Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, por el que se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos y se mejora la protección por cese de actividad.

Cese de actividad por fuerza mayor temporal/parcial

Cese de actividad parcial por reducción de la facturación (con empleados)

Cese de actividad parcial por reducción de la facturación (sin empleados)

Requisitos

Se deberán cumplir los requisitos legalmente establecidos

Cuantía

50% de la base reguladora

Cotización

50% cuotas de la Seguridad Social

estr

Solicitud

Hasta el último día del mes siguiente al que se produjo el cese de actividad

Compatibilidad

No se exige cierre del establecimiento ni su transmisión a terceros

Medidas extraordinarias autónomos afectados por la erupción del volcán de la isla de la Palma

Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.

Medidas extraordinarias autónomos afectados por la erupción del volcán de la isla de la Palma

Nuevas prestaciones por cese de actividad asociadas a la aplicación del Mecanismo RED

Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. DD.AA. 48ª y 49ª.

Cíclica

Sectorial

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