El Servicio Público de Salud asume en su integridad la asistencia sanitaria en caso de aislamiento o contagio por Coronavirus

En el marco de la acción protectora que proporcionamos a nuestras empresas y colaboradores, y fieles a nuestro compromiso en la protección y salud de las personas, informamos que en caso de aislamiento o contagio de las personas trabajadoras provocado por el virus COVID-19, la asistencia sanitaria es responsabilidad del Servicio Público de Salud en su integridad, por lo que, en caso de duda, deberá dirigirse al Servicio Público de Salud y no a la Mutua, bajo ninguna circunstancia ni con el propósito de realizar trámite alguno.

Si tiene dudas sobre la asistencia sanitaria relacionada con el virus COVID-19, deberá contactar con los teléfonos habilitados por el Servicio Público de Salud.

El artículo 5 del Capítulo II del Real Decreto-ley 6/2020, de 10 de marzo, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en el ámbito económico y para la protección de la salud pública, detalla lo siguiente:

  1. Al objeto de proteger la salud pública, se considerarán, con carácter excepcional, situación asimilada a accidente de trabajo, exclusivamente para la prestación económica de incapacidad temporal del sistema de Seguridad Social, aquellos periodos de aislamiento o contagio de las personas trabajadoras provocado por el virus COVID-19.

  2. En ambos casos la duración de esta prestación excepcional vendrá determinada por el parte de baja por aislamiento y la correspondiente alta.

  3. Podrá causar derecho a la prestación la persona trabajadora por cuenta propia o ajena que se encuentre en la fecha del hecho causante en situación de alta en cualquiera de los regímenes de Seguridad Social.

  4. La fecha del hecho causante será la fecha en la que se acuerde el aislamiento o enfermedad del trabajador, sin perjuicio de que el parte de baja se expida con posterioridad a esa fecha.

Teniendo en cuenta su consideración excepcional y cambiante, le mantendremos informado/a sobre las particularidades en la gestión de la prestación.

Agradeceríamos ponga en conocimiento de sus trabajadores/as el contenido de esta nota informativa. Si es colaborador, solicitamos lo haga extensivo a sus empresas y autónomos, de los cuales es titular de Red.

Recordamos la necesidad de extremar las medidas de higiene y autoprotección diaria como práctica esencial para la prevención de su expansión.